TRES ABOGADOS DENUNCIARON A UNA FISCAL Y EL JURADO DE ENJUCIAMIENTO DESESTIMÓ LA PRESENTACIÓN Y LES IMPUSO PRISIÓN DOMICILIARIA.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios rechazó la formación de causa y dispuso el archivo de las actuaciones.

Fiscal Bringas

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de San Luis no hizo lugar la formación de causa y dispuso el archivo de las actuaciones iniciadas contra la fiscal de Instrucción Penal en Género, Diversidad, Infancias y Adultos Nº 1, María Delia Bringas.

Además,  sancionó a los abogados denunciantes: Hugo Scarso, Gabriel Varela y María de los Ángeles De Pascuale (en los términos del art. 29 de la Ley de Jurado de Enjuiciamiento) con arresto domiciliario por 12 horas, plazo que comprenderá desde las 8 hasta las 20 de este jueves 27 de noviembre.

La resolución, firmada el 20 de noviembre, fue emitida con el voto de los integrantes del cuerpo Jorge Levingston, Claudia Uccello, Daniel Calderón, Fernando Suarez, Carlos García y los diputados Christian Gurruchaga y Carlos Pereira.

Los denunciantes realizaron diversas presentaciones contra la fiscal con el fin de que se declare culpable, se ordene su remoción del cargo, en mérito a los hechos, antecedentes y pruebas, por ineptitud o negligencia demostrada en el ejercicio de sus funciones; por desconocimiento inexcusable y grave del derecho; por incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo; por graves irregularidades en el procedimiento, que hayan motivado el desprestigio del Poder Judicial y por abuso de autoridad.

En una de las presentaciones manifestaron que Bringas dio curso a una denuncia por acoso sexual a la que calificaron como falaz y sin evidencias. En esa oportunidad señalaron que la fiscal solicitó orden de restricción contra el denunciado sin pruebas que la sustenten y falseando el domicilio real de la denunciante.

Para el jurado tras estudiar esa la causa surgió que la fiscal denunciada no intervino en esas actuaciones, toda vez que no se encontraba en funciones cuando se hicieron.

Luego denunciaron que en otra causa Bringas decidió la detención de un hombre sin orden judicial escrita emanada de quien tenga facultades para hacerlo y que la misma fue evitada a consecuencia de la intervención de María de los Ángeles De Pascuale que se encontraba en el lugar.

“Del análisis de los elementos probatorios aportados por los letrados denunciantes, surge que la fiscal denunciada procedió a librar orden verbal de detención en contra del ciudadano, la que no se efectiviza, por orden de la misma fiscal”, detalló el jurado en su resolución.

En otra de las causas los denunciantes refirieron que Bringas ocultó un escrito presentado por una damnificada que retiraba la denuncia contra un imputado que cumplía prisión preventiva por el hecho investigado.

El cuerpo señaló que del estudio de la misma surgió que la fiscal, desde la fecha de su asunción en el cargo, no firmó actuación alguna en la causa compulsada. “Que los denunciantes afirman que la fiscalía de Género N° 1 se encuentra a cargo de la Dra. Bringas, cuando lo cierto es que dicho organismo, se encontraba a cargo de la fiscal María del Valle Duran”, detallaron.

“Por todo lo precedentemente analizado, no consideramos que la actuación jurisdiccional de la fiscal María Delia Bringas, pueda configurar delito de acción pública o incumplimiento de los deberes que tiene como funcionaria en el ejercicio jurisdiccional”, resolvieron.