por Julian Pampillón
La cantidad de juicios laborales sigue en alza tanto en el total del país como en el caso particular de San Luis. De acuerdo a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), en la provincia se registraron hasta el tercer trimestre de 2025 unos 2485 litigios iniciados, lo que se traduce en 9,1 casos por día.
El dato muestra que el aumento de los expedientes comenzados en los Tribunales puntanos sigue el mismo ritmo de años anteriores. Por ejemplo, significó una suba del 19,6% respecto a la cifra del mismo periodo de 2024, cuando fue de 2077.
El incremento es sostenido desde hace años:
|Hasta el tercer trimestre de 2023: 1947.
|Hasta el tercer trimestre de 2022: 1375.
|Hasta el tercer trimestre de 2021: 1410.
|Hasta el tercer trimestre de 2020 (año de pandemia): 804.
|Hasta el tercer trimestre de 2019: 1042.
Cuando se mide la totalidad del año, durante los 12 meses, el escenario es el mismo. Durante todo el 2024 se contabilizaron 2830 casos en la Justicia provincial, mientras que en 2023 llegó a 2785.
Más datos: en 2022 hubo 1816 juicios; en 2021, 1839; en 2020, 1348; y en 2019, unos 1488.
En los últimos seis años, la cantidad de expedientes se multiplicó con fuerza.
Esto llevó a posicionar a la provincia como la 7ma jurisdicción con la mayor cantidad de presentaciones en el país en los nueve primeros meses, aun teniendo una base productiva mucho menor que otras.
Se ubicó detrás de distritos como Provincia de Buenos Aires (36.805), Ciudad de Buenos Aires (18.880), Santa Fe (13.864), Córdoba (6.085), Mendoza (6.796) y Chubut (3.018).
El total nacional continuó con la misma vía alcista, aunque con un incremento menor en enero-septiembre: de los 92.799 juicios iniciados en 2024 pasó a 96.167 en 2025, lo que significó un aumento del 3,6%.
A la hora de analizar, hay que tener en cuenta un aspecto importante: la SRT solo contabiliza los siniestros y los juicios notificados a las ART, es decir, que únicamente toma en cuenta a los trabajadores formales. Aquellos que están fuera del sistema no son alcanzados.
Más de $2,3 billones por demandas laborales
Según un informe difundido por la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), la denominada “industria del juicio” impulsó en un año demandas por un valor equivalente a 6.891.653 salarios mínimos, generando un costo superior a $2,3 billones en 2025.
Advierte una situación de judicialización “sin control” y destaca que la Provincia de Buenos Aires concentra el 40% de los litigios, seguida por CABA con el 19% y Santa Fe con el 14%.
De acuerdo con datos de la UART, los accidentes laborales se redujeron un 55% y las muertes vinculadas al trabajo cayeron un 80% en las últimas décadas. En números concretos, estos avances permitieron salvar unas 19 mil vidas y evitar más de 4,7 millones de accidentes. Sin embargo, el recorrido de los juicios fue en sentido contrario.
Desde 2020 a nivel país, las demandas por riesgos del trabajo crecieron un 200% y solo en el último año se sumaron 134.141 nuevos casos.
También se registró una disminución del 39% en la gravedad de los siniestros. “No son solo estadísticas: son personas, empresas y familias protegidas por un sistema que funciona”, afirma el documento.
Sin embargo, la litigiosidad se presenta como un factor crítico que no tiene en cuenta las variables económicas y de seguridad laboral. “Esa litigiosidad está desconectada de todas las variables: del empleo, de la actividad, de los indicadores de siniestralidad y de cobertura que tiene el sistema y de lo que sucede en el mundo con sistemas similares”, remarcó la UART.
El volumen acumulado de juicios laborales genera efectos a largo plazo en el sistema judicial argentino. Las demoras en la resolución de estos expedientes no solo afectan a los trabajadores y empleadores de manera directa, sino que también impactan negativamente en la capacidad de los tribunales para procesar nuevos casos.
La comparación internacional dimensiona el fenómeno local. Mientras que en Chile se presentan 5,8 juicios cada 10 mil trabajadores y en España 8,5, en la Argentina, en cambio, ese indicador asciende a 132,8.
Esto implica que el nivel de litigiosidad local es 16 veces mayor que el chileno y 23 veces superior al español, aun cuando el país cuenta con una cobertura más amplia del sistema y niveles de siniestralidad similares.
La administración pública, la primera de la lista
En San Luis, la administración pública continúa arriba en el ranking de rubros con 955 casos (una suba del 23,4% respecto a 2024) hasta septiembre de 2025. Le sigue la industria con 637 (+11,8%), comercio y reparación de vehículos con 221 (+41,7%), construcción con 116 (-23,2%) y servicio de transporte y almacén con 114 (+44,3%).
También se consigna que en las empresas privadas se concentró el 60,4% del total de los juicios, mientras que los organismos estatales representaron el 39,6%.
¿Cuáles fueron las razones detrás? De acuerdo al informe, 1212 (+0,7%) fueron por un accidente de trabajo, 868 por enfermedad profesional (+82,4%), 403 por accidentes in itinere (+3,6%) y dos por enfermedad fuera del listado (-77,8%).
De enero a septiembre se dictaron 188 sentencias, todas de primera instancia. Cabe aclarar que esos dictámenes no solo pertenecen a juicios de 2025 sino también a aquellos iniciados en años anteriores.
La reforma laboral y los cambios que propone
El oficialismo, luego de conseguir la aprobación del proyecto de Modernización Laboral en el Diputados con modificaciones, el Senado se prepara para darle las sanción definitiva.
Uno de los principales argumentos del Gobierno nacional durante el tratamiento legislativo fue la necesidad de reducir la litigiosidad laboral y poner fin a lo que denomina “la industria del juicio”.
Abaratar costos judiciales, reducir indemnizaciones, modificar el período de prueba y facilitar las condiciones de despido aparecen como algunas de las claves que La Libertad Avanza busca consolidar.
En el capítulo judicial, el proyecto introduce dos cambios de peso. Por un lado, unifica el criterio de intereses, que pasarían a calcularse con “IPC más 3%”. Busca “evitar que el trabajador pierda poder adquisitivo en un crédito que es alimentario” y elimina la disparidad de criterios entre provincias.
El otro punto es la posibilidad de pagar sentencias laborales en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para pymes.
La lógica de la administración de Javier Milei al apuntar a estos cambios es macroeconómica. En un contexto de caída del empleo industrial, los altos niveles de trabajo irregular heredado y el ajuste fiscal, la reforma laboral apunta a reducir litigiosidad y contingencias empresarias, a incentivar contratación formal en sectores hoy en informalidad y a mejorar las expectativas de inversión.
Apertura de las Comisiones Médicas en San Luis
Frente a la realidad de la “industria” del juicio laboral el Gobierno promovió el año pasado la adhesión a la Ley Nacional 27.348 y abrió tres comisiones médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo en San Luis, Villa Mercedes y Concarán.
De esa manera la provincia se ajustó a un sistema que acorta los tiempos de resolución, reduce juicios laborales y otorga mayor previsibilidad en las relaciones laborales.
Desde fines de noviembre del año pasado las tres circunscripciones judiciales de la provincia cuentan con oficinas que dependen de la SRT que tienen como objetivo agilizar los trámites en materia de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Cada sede cuenta con asistencia jurídica gratuita, lo que permitirá que todos los trabajadores reciban acompañamiento profesional sin costos adicionales.
Estas comisiones tienen varias misiones:
|Resolver las diferencias entre las ART y los trabajadores damnificados, sobre el accidente laboral o enfermedad profesional, tanto en el porcentaje de incapacidad como en el tratamiento otorgado.
|Determinar la naturaleza laboral del accidente o enfermedad; el carácter y grado de incapacidad; el contenido y alcance de las prestaciones en especie.
|Homologar todos aquellos acuerdos presentados por las ART, firmados por el damnificado y la aseguradora, donde consta el porcentaje de incapacidad, siempre que el porcentaje sea menor al 66%.
|Visar una enfermedad preexistente detectada en el trabajador mediante la realización del examen preocupacional (inicia el trámite el empleador).
|Determinar la disminución de la capacidad laboral de los trabajadores incorporados en el Sistema de Seguridad Social. Las Comisiones Médicas realizan también la evaluación de otros beneficios previsionales como de la Ley N°20.475 (minusválidos), N°20.888 (ciegos) y N°24.347 (edad avanzada).
En colaboración con Anses se trabaja en la determinación de invalidez en solicitantes y beneficiarios de la Ley N°24.241 (de todo el país) y determinación de invalidez en derechohabientes.
El trabajador, por su parte, puede:
|Apelar ante el rechazo del accidente y/o enfermedad profesional de parte de la ART o el empleador.
|Pedir que resuelva en caso de divergencia en el otorgamiento del alta médica.
|Solicitar el reingreso al tratamiento.
|Solicitar el reconocimiento de una enfermedad profesional.
|Pedir que resuelva en caso de rechazo de una enfermedad no listada.
|Pedir que resuelva ante una divergencia en la calidad de las prestaciones.
|Pedir que resuelva ante una divergencia en el grado de discapacidad.
También la ART o el empleador pueden acudir a las comisiones en los siguientes casos:
|Pedir que determine el grado de discapacidad de un trabajador.
|Solicitar un trámite por fallecimiento.
|Pedir una valoración de daño.
|Pedir un análisis ante el abandono de un tratamiento médico.





