El lunes 14 de, la ministro de Seguridad de San Luis, licenciada Nancy Sosa, y el presidente del Superior Tribunal de Justicia, doctor Jorge Levingston, firmaron un convenio de colaboración destinado a la aplicación del Programa de Monitoreo y Vigilancia Electrónica en los procesos penales de la Justicia provincial.
La firma se realizó en las instalaciones del Palacio de Justicia y contó con la presencia de los ministros del Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Allende, Carolina Monte Riso, José Guillermo L’Huillier y Víctor Endeiza; el procurador General de la Provincia, Eduardo Sebastián Cadelago Filippi; y la defensora General de la Provincia, Marcela Torres Cappiello. En representación del ministerio de Seguridad participaron el asesor legal de la cartera, Jesús Velázquez, y el subdirector de Foros de Relaciones con la Comunidad, Ignacio Nieto.
El convenio tendrá una vigencia de un año a partir de su firma, aunque contempla la posibilidad de renovación automática. De esta manera San Luis vuelve a formar parte del sistema nacional de vigilancia electrónica, pero por primera vez con las herramientas legales correspondientes para su aplicación.
La firma del acuerdo se produce luego del convenio suscripto entre el Gobierno de San Luis y el ministerio de Seguridad de la Nación, en febrero de 2026, mediante el cual la Provincia recuperó su incorporación al Programa de Personas Bajo Vigilancia Electrónica y volvió a formar parte de este sistema nacional de supervisión.
De esta manera, San Luis retomó el acceso a una herramienta que había dejado de implementarse en julio de 2023, cuando el gobierno anterior le dio de baja antes de su salida. Hasta la incorporación nuevamente al programa, la provincia era junto a Formosa las únicas jurisdicciones del país que no contaba con esta asistencia.
Como parte del acuerdo con la Nación, San Luis recibió dispositivos electrónicos de control. Entre ellos, tobilleras con sistema GPS que permiten la supervisión, el monitoreo y el rastreo de personas procesadas y/o condenadas que deban cumplir arresto domiciliario u otras modalidades de detención o ejecución de la pena, dentro del territorio provincial.
Uno de los aspectos centrales del programa es que su implementación no genera gastos para el Estado provincial, ya que los dispositivos y el servicio son financiados por el Estado nacional.
El sistema está destinado a personas adultas o jóvenes que por disposición de la Justicia Penal Nacional, Federal o Provincial, se encuentren en condiciones de acceder al arresto domiciliario u otra modalidad alternativa de cumplimiento de la pena.
El procedimiento se inicia a partir de un requerimiento judicial. Se elabora un Informe Técnico de Viabilidad y un Informe de Condiciones Sociales y Ambientales, que son elevados a la autoridad judicial competente para su correspondiente evaluación. La colocación y utilización efectiva del dispositivo dependen exclusivamente de la decisión de la autoridad judicial.
Asimismo, el área técnica provincial tiene a su cargo la supervisión del correcto funcionamiento de los dispositivos y debe informar a la Justicia cualquier eventual alteración o situación que pueda afectar las condiciones establecidas judicialmente.

La ministro de Seguridad, Nancy Sosa, destacó la importancia de contar nuevamente con esta herramienta para fortalecer las posibilidades de la Justicia. “Creemos que es fundamental tener estos dispositivos, porque amplía las posibilidades de la Justicia. Había que ponerlos a disposición del Superior Tribunal a través de un convenio, para que conozcan cuáles son y en qué casos se pueden aplicar”.
En este sentido, explicó que desde el ministerio de Seguridad, se trabajó conjuntamente en el protocolo de implementación técnica de los dispositivos y se puso a disposición de la Justicia el procedimiento correspondiente, de acuerdo con las necesidades que puedan surgir.
Además, destacó que la normativa vigente contempla la utilización de dispositivos electrónicos en el régimen penal juvenil, por lo que consideró importante que la Justicia cuente con esta posibilidad dentro de las herramientas disponibles.
Respecto del financiamiento, la Ministro remarcó que “lo más importante es que a la provincia no le genera ningún costo. Esto lo aborda y lo paga la Nación. Nosotros simplemente hemos capacitado al personal para que desarrolle la tarea”.
¿Cuándo corresponde la aplicación del monitoreo electrónico?
Los dispositivos pueden utilizarse durante la investigación de causas penales o en la etapa de ejecución de la pena, respecto de personas adultas y adolescentes. De acuerdo con la normativa vigente y previa evaluación de las condiciones técnicas correspondientes.
En el ámbito provincial, el Código Procesal Penal de San Luis, establecido por la Ley Nº VI-0152-2021, contempla distintas medidas de coerción que pueden ser aplicadas durante el proceso penal, junto a los lineamientos establecidos en el Código Penal y la Ley de Ejecución Penal. Entre ellas se encuentran la sujeción al cuidado o vigilancia; determinadas restricciones territoriales y personales; y la detención domiciliaria con o sin vigilancia.
En estos casos, el monitoreo electrónico constituye una herramienta tecnológica destinada a colaborar con la supervisión de las condiciones de cumplimiento de las medidas, siempre que resulte legal y técnicamente procedente.
Por otra parte, la Ley Nacional Nº 27.801 Régimen Penal Juvenil, establece los presupuestos y límites de las medidas de coerción aplicables durante el proceso penal respecto de adolescentes. También contempla, entre otras alternativas, el monitoreo electrónico, de manera autónoma o como complemento de otras medidas, así como la privación de libertad en domicilio.
No obstante, la utilización del dispositivo de monitoreo electrónico no reemplaza las funciones de seguimiento, asistencia, acompañamiento o protección que correspondan a los órganos especializados del sistema penal juvenil y a los organismos de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes.
La intervención de estos organismos deberá articularse mediante los mecanismos institucionales correspondientes y conforme a las decisiones de la autoridad judicial competente. En todos los casos, la implementación del monitoreo electrónico estará sujeta a la disponibilidad del recurso y a la realización previa del correspondiente informe técnico de factibilidad.
De esta manera, el convenio firmado entre el ministerio de Seguridad y el Superior Tribunal de Justicia, consolida una herramienta tecnológica destinada a acompañar las decisiones judiciales y fortalecer los mecanismos de supervisión de las personas que cumplen medidas alternativas a la privación de la libertad.






