HONORARIOS OBSCENOS, JUSTICIA ARRODILLADA.

La resolución de la jueza Cynthia Liliana Fernández Paz, titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de San Luis, que regula honorarios por $1.089.965.114 a favor de dos abogados ambientalistas por la causa del Parque Vulpiani, es algo más que un exceso técnico: es una obscenidad jurídica que lastima de frente la legitimidad del Poder Judicial.

Jueza Cynthia Liliana Fernandez Paz

Cuando un despacho judicial convierte un expediente en un negocio multimillonario, el ciudadano común entiende que la Justicia dejó de ser un servicio público para transformarse en una máquina de fabricar privilegios.

La jueza fijó un “valor del proceso” de $3.600 millones, es decir, el doble del presupuesto original de la obra pública que el propio gobierno había previsto para el Parque Vulpiani (unos $1.820 millones). No hablamos de una condena dineraria por daño ambiental cuantificado ni de una reparación a víctimas concretas, sino de una cifra inventada como base abstracta sobre la cual aplicar un porcentaje que termina arrojando más de mil millones de pesos en honorarios por una primera instancia. La aritmética es simple: 30% de una base arbitrariamente inflada, y el resultado son unos $544 millones para cada letrado. La pregunta también es simple: ¿dónde quedó el criterio de razonabilidad que la Constitución exige a todo juez?

El Gobierno de San Luis, a través de la Fiscalía de Estado, en su escrito de apelación  refiere a la fijación de un monto “extravagante”, de sumas “desorbitantes” y de una regulación “desprovista de todo razonamiento jurídico válido, objetividad y sentido común”, al punto de calificarla como una decisión extra petita y violatoria del principio de congruencia. No estamos ante una crítica periodística ruidosa: es el propio Estado provincial, con su firma institucional, el que acusa a la magistrada de haber cruzado los límites mínimos de racionalidad. Cuando hasta el organismo encargado de defender al fisco se ve obligado a denunciar un fallo como ilógico y dañoso, la discusión deja de ser un mero desacuerdo técnico para colocarse en el terreno de la responsabilidad institucional.

La dimensión del despropósito se agrava cuando se pone la lupa sobre el objeto del juicio y el rol de los beneficiados. Se trata de una causa que frenó el proyecto Parque Acueducto Vulpiani, una obra urbanística y de infraestructura que pretendía intervenir más de 12 hectáreas en Juana Koslay, con edificios comerciales, oficinas, senderos, miradores, teatro al aire libre y una inversión oficial superior a los $1.820 millones. La lucha de la Asamblea Ciudadana por el Vulpiani por acceder al estudio de impacto ambiental y participar en las decisiones es legítima y necesaria en un Estado de derecho. Pero esa causa justa no autoriza a transformar el expediente en una chequera abierta para quienes actuaron en una etapa inicial y luego se retiraron, dejando la representación en manos de otros colegas.

La resolución de Fernández Paz envía un mensaje claro y perverso: la parte más rentable de un litigio deja de ser el esfuerzo integral en todas sus etapas y se concentra en el tramo inicial, siempre que se logre una medida cautelar potente. El expediente deja de ser una herramienta para proteger el ambiente y se convierte en un activo financiero, en una especie de título negociable que algunos pocos pueden capitalizar a montos siderales. Mientras tanto, el ciudadano que hace fila en tribunales para reclamar una jubilación, un despido o una tarifa injusta, mira estas cifras y entiende que hay una Justicia para los conflictos millonarios y otra, lenta y mezquina, para la vida real.

Desde el punto de vista fiscal, el absurdo es igualmente grave. Desde Fiscalía de Estado se explicó que, si la Provincia termina perdiendo, será el Estado el que deberá desembolsar estos honorarios, golpeando de lleno las cuentas públicas. O sea: el costo de la decisión de la jueza no lo pagan ella, sino los contribuyentes puntanos. En una provincia que busca en forma permanente mantener los salarios dignos, sostener la infraestructura y que hoy pone el ojo en la educación y en la necesidad social de viviendas, regular más de mil millones de pesos por una primera instancia es algo más que un error jurídico: es un acto de indiferencia social rayano con el desprecio.

No se trata de demonizar a los abogados ni de negar el derecho a percibir honorarios dignos, mucho menos en causas complejas y de interés público. Se trata de recordar una verdad básica: el juez es el garante del equilibrio, el que debe evitar que la ecuación económica de un proceso se vuelva indecente. Cuando la magistrada eligió duplicar el presupuesto de la obra para fijar la base del proceso, sin daño ambiental medido ni condena dineraria en juego, dejó de controlar la desmesura y se sumó a ella. Ese es el salto que transforma una decisión discutible en una decisión socialmente intolerable.

El debate que ya no se puede esquivar: ¿cabe un jury?

La independencia judicial no blinda a los jueces frente a la responsabilidad política e institucional. Nadie pretende abrir jury cada vez que una parte se siente disconforme con una sentencia; esa sería la muerte de la función jurisdiccional. Pero el caso Fernández Paz exhibe características que justifican, al menos, la discusión seria sobre la procedencia de un pedido de enjuiciamiento.

Hay datos objetivos: una regulación de honorarios que toma como base un monto “inventado” de $3.600 millones, que duplica el presupuesto oficial de la obra; un porcentaje del 30% que se aplica como si se tratara de un triunfo final sobre una condena dineraria, cuando solo existe una medida cautelar y una etapa inicial del proceso; un impacto potencial multimillonario para el erario provincial expresamente señalado por la Fiscalía de Estado. No estamos frente a una mera discrepancia hermenéutica, sino ante una decisión que puede encuadrarse, según cómo se la analice, en la falta grave, la negligencia inexcusable o incluso el abuso de poder.

La Constitución provincial y las normas sobre juicio político y jury de enjuiciamiento están justamente para estos escenarios límite, donde la conducta de un magistrado parece traspasar la frontera entre el error y la arbitrariedad manifiesta. Un planteo de jury contra Cynthia Fernández Paz podría sostenerse, sin estridencias, en tres ejes: la desproporción brutal entre la tarea efectivamente realizada y la suma regulada; la afectación directa al patrimonio estatal y, por extensión, al interés público; y la ruptura de los principios de razonabilidad, congruencia y prudencia que deben guiar a cualquier juez en un Estado republicano.

No es casual que este escándalo se produzca en una causa donde confluyen obra pública millonaria, conflicto ambiental y participación ciudadana. Era una oportunidad histórica para que la Justicia puntana mostrara que podía ser firme con el poder económico y al mismo tiempo ejemplar en la administración de recursos, transparentando honorarios y acotando exageraciones. La jueza Fernández Paz eligió el camino contrario: con su fallo, tiñó de sospecha un reclamo ambiental legítimo, alimentó el discurso antipolítica y terminó de hundir la confianza en un Poder Judicial que parece estremecerse solo cuando se tocan los intereses de los de siempre.

En el expediente identificado públicamente como la causa por el “Parque Acueducto Vulpiani” de Juana Koslay, impulsada por la Asamblea Ciudadana por el Vulpiani contra la Provincia de San Luis y la empresa Serving S.R.L., no solo está en juego el destino de un bosque y de un proyecto urbano: hoy está en juego la credibilidad misma de los jueces que deben decidir. Y frente a una regulación de honorarios como la que nos ocupa, la sociedad puntana tiene derecho a exigir algo más que una simple apelación: tiene derecho a preguntarse, seriamente, si no ha llegado la hora de discutir un jury de enjuiciamiento para la jueza Cynthia Fernández Paz.