La prórroga de detención de Christian Becher vencía el jueves 24 de septiembre, pero su situación procesal se anticipó este martes por decisión de su defensor, que durante la audiencia hizo planteos sobre la formulación de cargos y que la detención fue en "situaciones extrañas". El Ministerio Público Fiscal expuso que no se introdujeron nuevos elementos a la causa y fundamentó que existen riesgos procesales para que el empresario de Villa Mercedes continúe detenido. Pidió la prisión preventiva y volvió a relatar el rol clave que desempeñó en una maniobra financiera, según la acusación, encabezada por la ex legisladora Anabela Lucero y el diputado Joaquín Beltrán, para desviar los fondos públicos del Molino Fénix y beneficiarse de manera personal.
El empresario fue arrestado hace una semana en inmediaciones a Liborio Luna, después que la Justicia allanara una estación de servicio y una embotelladora de agua, que le pertenecen. Al día siguiente lo imputaron por asociación ilícita y fraude a la administración fraudulenta como partícipe necesario. Hasta pasado el mediodía estuvo en una comisaría.
El fiscal José Olguín defendió que la orden de detención fue emitida “en tiempo y forma”, que constan las actas correspondientes, y que “no hay ningún elemento” que haya afectado el debido proceso. El defensor señaló que no pudo controlar la legalidad del procedimiento. Este planteo de nulidad se tratará en otra audiencia, según resolvió Ortiz.
Olguín insistió que Becher fue el último eslabón de la cadena, una figura imprescindible para “ocultar gastos” y procesar fondos ilícitos que no podían extraerse mediante métodos convencionales desde los bancos. De ese modo, según sostiene, se desviaron los fondos públicos, pero a la vez hizo hincapié en la división de roles que tuvieron todos (la dirigente albertista, Anabela Lucero; su pareja y diputado, Joaquín Beltrán; Enzo Lucero, Exequiel Scarel y Diego Torres) como integrantes de una organización. Los ex funcionarios suscribieron los cheques que manejó Becher.
“Era el único que tenía la estructura, era una persona importante, muy necesaria e imprescindible para poder ejecutar esta maniobra, de lo contrario no había forma de sacar el dinero”, señaló el fiscal, y asoció que con ese comportamiento lavaron el dinero.
Recalcó que la evidencia para acusar al dueño de Combustibles Argentinos "es contundente", e incluyen cheques con firmas falsificadas, declaraciones de otros empresarios reconocidos de Villa Mercedes, y un armazón financiero donde todos los activos terminaban siempre en las mismas manos.
“Su participación está probada y documentada mediante videos, comunicaciones y registros contables que ya forman parte del expediente, y también el fraude que se cometió al Estado. Toda la estructura de dinero terminaba en Becher”, señaló. Tuvo en cuenta hay elementos suficientes para avanzar hacia un juicio oral.
“No fui yo, ni nadie de mi equipo, quienes dijimos que las empresas estaban informadas como apócrifas”, agregó el representante del Ministerio Público Fiscal, y profundizó sobre las personas que usó Becher para crear sociedades, sin que ellas lo supieran. “Desconocen la empresa, dicen que no tienen relación y que no han endosado ningún cheque”, sostuvo al respecto. Sobre el perfil económico de estas, dijo que es precario, humilde. Se refirió, entre ellos, a un jubilado que vendía pizzas para sobrevivir, y que sin embargo "aparece en la documentación emitiendo cheques por 20 millones de pesos".
Remarcó la violación a las normas contables por parte de los ex funcionarios del Molino Fénix y de la Casa de la Música: es decir la emisión de cheques endosados, cuando el sistema de la administración pública establece la confección “no a la orden”.
De acuerdo a las evidencias del fiscal, le facturaban al Molino por servicios inexistentes, y que fue siempre Becher la persona que cobró los cheques. “Está probada la adulteración, la falsificación de los endosos”, agregó.
Ortiz explicó que analiza la validez de la imputación por asociación ilícita, señalando que esta figura legal puede coexistir con otros delitos de defraudación si se cumplen ciertos acuerdos delictivos. Planteó que en el proceso las partes tienen el derecho a confrontar sus respectivas teorías del caso introduciendo evidencias sólidas, y que la investigación penal preparatoria es el momento adecuado para esclarecer la legitimidad comercial de los acusados. Si Fiscalía sostiene que la presunta utilización de sociedades fantasma como herramientas para cometer ilícitos, “lo deberá probar y la defensa refutar”.
Olguín dijo que la medida de coerción es absolutamente necesaria para resguardar el proceso y evitar el entorpecimiento. Hay peritajes financieros que deben concluirse. Tuvo en cuenta que el acusado posee un poder económico significativo, lo que genera un riesgo real de que pueda intimidar a testigos, concretamente los que dependen laboralmente de él.
El abogado de Becher propuso entre las medidas morigeradas la prohibición de acercamiento hacia otros imputados, testigos y partes de la causa, la prohibición de salir de la provincia de San Luis y de la Argentina, y la prohibición de hacer declaraciones ante medios públicos. También expuso una situación personal por la cual necesita estar cerca de su familia y solicitó la prisión domiciliaria, pero el juez difirió el tratamiento para la semana próxima cuando el abogado presente la documentación para respaldar el pedido.
Cuando habló, Becher dijo que siempre estuvo a disposición de la Justicia, y que sus dos hijos son “los dos motivos” que tiene “para quedarse”. También se refirió a los empleados que dependen de él, y contó que desde que su padre está condenado (en una causa por narcotráfico) está al frente de los negocios y es el sostén de todo.
Para Olguín, la gravedad de los delitos y la estructura organizada de la maniobra “justifican” su traslado a la cárcel, por eso solicitó la preventiva por cuatro meses.
El magistrado hizo lugar al encarcelamiento en el Servicio Penitenciario Provincial, pero por 60 días, y ratificó los cargos.
A la hora de resolver dijo que cada caso se analiza de manera individualizada, considerando tanto los vínculos familiares como los posibles riesgos procesales que podrían obstaculizar "la búsqueda de la verdad". Tuvo en cuenta que la gravedad de los delitos imputados y la necesidad de proteger el orden público son factores determinantes para asegurar los fines del proceso penal.





