TILISARAO: INICIARÁN ACCIONES LEGALES TRAS UNA FALSA ALARMA QUE MOVILIZÓ A LOS BOMBEROS VOLUNTARIOS.

El hecho ocurrió el sábado y provocó un despliegue operativo inútil en la localidad. El responsable se identificó falsamente durante el llamado, pero no se registró el número de origen. Este lunes el cuartel solicitará un informe telefónico para identificar la línea y radicar la denuncia.

falsa alarma

Un irresponsable llamado de alerta movilizó innecesariamente al cuerpo activo de Bomberos Voluntarios de Tilisarao el pasado sábado, cuando se despachó una unidad y personal ante un supuesto accidente que resultó ser inexistente. Tras llegar al lugar indicado y verificar el engaño, la institución anunció que recurrirá a la Justicia para sancionar al autor.

Según indicaron en un comunicado oficial, la persona que dio el aviso se presentó bajo el nombre de “Martín Chavero”. Sin embargo, el sistema de identificación del cuartel no logró registrar el abonado de origen. Frente a esta situación, la jefatura adelantó que este lunes requerirá formalmente a la Cooperativa Telefónica local el rastreo e informe detallado del número emisor para concretar la denuncia legal correspondiente.

Desde la Jefatura enfatizaron la gravedad de este tipo de maniobras, remarcaron que desvían recursos humanos y materiales que podrían ser requeridos en una emergencia real, y subrayaron el riesgo innecesario al que se expone el personal durante los desplazamientos a alta velocidad.

Consecuencias penales, contravencionales y civiles

En el marco legal vigente, quien realiza este tipo de falsas alarmas se expone a severas sanciones en distintos fueros:

  • Estatuto penal: De acuerdo con el Código Penal Argentino, estas conductas pueden encuadrarse en el delito de intimidación pública (Art. 211), que prevé penas de 2 a 6 años de prisión para quien infunda pánico o movilice indebidamente a los servicios de emergencia. Asimismo, puede aplicarse el Art. 194, referida al entorpecimiento y perturbación del normal funcionamiento de los servicios públicos de seguridad y asistencia.

  • Sanciones contravencionales: En el ámbito provincial, el Código de Faltas tipifica el aviso engañoso a fuerzas de seguridad o bomberos como una contravención que conlleva días de arresto y multas económicas.

  • Resarcimiento civil: Más allá de las penas represivas, los responsables pueden ser demandados por la vía civil para cubrir la totalidad de los gastos operativos derivados del despliegue (combustible, horas de servicio y desgaste del equipamiento), sumado al pago por daños y perjuicios.