PRINCIPALES CAMBIOS Y SUS EFECTOS PARA LOS TRABAJADORES Y GREMIOS
Restricciones a asambleas y huelgas: Las asambleas dentro o fuera del establecimiento deberán contar con autorización previa —indicando lugar, horario y duración—. Además, durante esos momentos los trabajadores no percibirán salario.
En cuanto al derecho de huelga, si se convoca en actividades consideradas “servicios esenciales” o de “importancia trascendental”, se exigirá garantizar un mínimo del 75 % (o 50 % en algunos sectores) de la prestación normal, lo que limita gravemente el impacto real de una medida de fuerza.
Convenios colectivos por empresa por encima de los de actividad: El anteproyecto prioriza los convenios negociados empresa por empresa (o grupo empresario) por encima de los acuerdos de actividad generales. Esto implica que los convenios “mayores” ya no tendrán prevalencia —y los convenios de empresa podrán establecer condiciones por debajo del estándar histórico.
Fin de la ultra-actividad de convenios y vaciamiento de cláusulas obligacionales: Cuando un convenio colectivo vence, sus cláusulas normativas (por ejemplo, regulaciones de condiciones laborales) podrían mantenerse —pero las cláusulas obligacionales requerirían un nuevo acuerdo explícito. Esto pone en jaque derechos ya consolidados cuando no se acuerde una renovación.
Transformación del sistema sindical y debilitamiento de su financiamiento: El sistema de sindicatos únicos por actividad —tradicionalmente organizado bajo la central sindical CGT— quedaría desarmado: cualquier asociación que se constituya podrá obtener personería gremial, lo que fragmenta el poder sindical.
Además, las empresas ya no estarán obligadas a retener cuotas sindicales —solo podrán hacerlo con consentimiento expreso del trabajador y acuerdo mutuo — y requerirá autorización de la Secretaría de Trabajo para actuar como agente de retención.
Límites a la representación sindical y menor protección para delegados: Los delegados tendrán un crédito de hasta 10 horas mensuales pagas para funciones gremiales, salvo que el convenio colectivo disponga más. Pero la estabilidad y tutela sindical limitada: si un candidato obtiene menos del 5 % de los votos válidos, pierde la protección frente a despidos. Los suplentes o congresales tendrán protección reducida.
Nuevas sanciones por supuestas “prácticas desleales” gremiales: Las convocatorias a huelga, asamblea colectiva o medidas de fuerza podrían ser consideradas “prácticas desleales” si interfieren con la actividad empresarial, lo que habilita multas, sanciones o incluso pérdida de personería gremial.
Para muchos sindicatos, trabajadores y analistas laborales —como advierten desde organizaciones gremiales — significan una ofensiva contra los derechos laborales y la organización colectiva. El reemplazo de convenios de actividad por acuerdos internos, la limitación del derecho de huelga y la fragmentación del sindicalismo implican una rebaja histórica en el poder de negociación de los trabajadores.
Expertos en derecho laboral señalan que la eliminación de la ultra-actividad y la precarización de los convenios sociales podrían generar mayor inestabilidad, hasta poner en riesgo conquistas históricas del movimiento obrero argentino. Fuente : IPPROFESIONAL.





