NARCOTRÁFICO, LAVADO Y CORRUPCIÓN PENITENCIARIA: EL TRIBUNAL DIO A CONOCER POR QUÉ CONDENÓ A LA BANDA LIDERADA DESDE LA CÁRCEL

Las juezas concluyeron que el caso no fue un hecho aislado, sino una organización con roles definidos que operó incluso desde la cárcel. La sentencia analizó escuchas, chats, pericias y testimonios para acreditar el transporte de cocaína desde Jujuy, las maniobras de lavado de activos y el soborno a funcionarios penitenciarios.

Corrupcion penitenciaria

En el cierre de febrero, el Tribunal Oral Federal de San Luis dio los fundamentos y explicó por qué consideró probado que Rafael Dante Churquina, Daniel Hedel Becher y Efraín David Cortez integraron una estructura organizada dedicada al narcotráfico, el lavado de activos y la corrupción penitenciaria.

Las juezas María Carolina Pereira, Gretel Diamante y María Paula Marisi no sólo validaron la teoría fiscal, sino que detallaron la forma en que la banda operaba, los roles diferenciados y la finalidad económica que atravesaba todas las maniobras.

“El examen conglobado del plexo probatorio, valorado a la luz de los principios de la sana crítica racional, nos permite afirmar que los elementos de juicio introducidos en el debate resultan suficientes para tener por probada (…) la acreditación de los hechos por los cuales la causa ha sido traída a juicio y la intervención en ellos por parte de los imputados”, señalaron las juezas al iniciar el análisis de la prueba.

Las juezas Gretel Diamante, María Carolina Pereira y María Paula Marisi.

El transporte de cocaína desde Jujuy

Uno de los ejes centrales del fallo fue el transporte de más de cinco kilos de cocaína interceptado el 31 de agosto de 2023 en la provincia de Jujuy durante un procedimiento de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

La sentencia describe el momento en que los involucrados concretaron un encuentro en la intersección de las calles Coronel Pérez de Uriondo y Lisandro de la Torre, donde intervino la fuerza federal.

“Cuando los tres hombres concretaron el encuentro en la intersección de las calles Coronel Pérez de Uriondo y Lisandro de la Torre, la fuerza policial efectuó su detención y requisa, medida en la que se secuestraron cinco paquetes de cocaína que pesaron casi cinco kilogramos y que se encontraban en el morral que Leyes llevaba consigo”, detalló el Tribunal.

A partir de ese procedimiento, las juezas concluyeron que uno de los acusados tuvo intervención directa en el traslado de la sustancia. “Por tanto, concluimos que Efraín David Cortez participó del delito de tráfico ilícito de estupefacientes”, sostuvieron en los fundamentos.

Rafael Dante Churquina.

La organización del lavado de activos

Otro de los apartados centrales del fallo fue el análisis de las maniobras de lavado de activos que, según concluyó el Tribunal, permitieron introducir en el circuito económico formal el dinero proveniente del narcotráfico.

Las juezas señalaron que las pruebas producidas durante el juicio demostraron la existencia de un circuito económico orientado a ocultar el origen ilícito de los fondos mediante sociedades, operaciones comerciales y movimientos patrimoniales.

“Churquina y Becher organizaron, coordinaron con los demás integrantes del grupo criminal y ejecutaron las maniobras de lavado de activos acreditadas y ambos tenían concomitantemente el pleno dominio de los hechos”, afirmaron.

El Tribunal explicó que esa conclusión se sustenta en un amplio conjunto de evidencias incorporadas al proceso: “Las declaraciones de los testigos, los dictámenes periciales, los informes de los organismos del Estado, la reproducción de las intervenciones telefónicas y la prueba colectada de los dispositivos tecnológicos”.

Daniel Becher.

De esa manera, descartaron el planteo de las defensas, que habían atribuido las irregularidades económicas a una supuesta informalidad en los negocios.

El soborno a funcionarios penitenciarios

La sentencia también dedica un extenso análisis al delito de cohecho activo y a la forma en que la organización obtuvo ventajas indebidas dentro del Servicio Penitenciario mientras Churquina se encontraba detenido.

Entre las pruebas valoradas aparece un audio enviado por Becher en el que hacía referencia a documentación de un vehículo utilizado por la organización. “Lorena, buen día. ¿Te queda cómodo que te deje los papeles en Agua Pura o necesitás que te lo lleve a algún lado? (…) Eso es lo de la Ranger 2013, tarjeta verde, tarjetas azules que tenía y títulos”, decía el mensaje.

Para el Tribunal, esa comunicación demuestra su intervención en las maniobras de soborno destinadas a beneficiar a la organización.

Efraín Cortez.

El fallo sostiene que esas gestiones estaban vinculadas con transacciones destinadas a los funcionarios penitenciarios y que la omisión deliberada de controles permitió que la actividad criminal siguiera entre rejas.

Durante el allanamiento realizado en la celda de Churquina en el Servicio Penitenciario Provincial se secuestraron dos teléfonos celulares, una notebook, un pendrive, anotaciones, cuadernos, una chequera de pagarés, una balanza de precisión y envoltorios con marihuana.

Para el Tribunal, el hallazgo de esos elementos —sumado al trato preferencial que recibía el detenido— demuestra que los controles penitenciarios habían sido deliberadamente omitidos.

En ese sentido, las juezas concluyeron que se encontraba “fehacientemente acreditada (…) la concreta intervención de Rafael Dante Churquina —en forma directa— y de Hedel Daniel Becher —en forma indirecta— en las maniobras de soborno a los agentes penitenciarios a cambio de que éstos dejaran de hacer algo relativo a sus funciones”.

Según el fallo, esa omisión de controles permitió que Churquina continuara organizando y dirigiendo la actividad ilícita desde la cárcel.

Las condenas y el decomiso de bienes

Tras analizar el conjunto de la prueba, el Tribunal Oral Federal de San Luis condenó a Rafael Dante Churquina a 15 años de prisión y al pago de una multa de $50 millones, además de declararlo reincidente.

Daniel Hedel Becher recibió una pena de 13 años de prisión y una multa de $48 millones, mientras que Efraín David Cortez fue condenado a cuatro años de prisión y al pago de una multa equivalente a 45 unidades fijas.

La sentencia también ordenó un amplio decomiso de bienes vinculados a la operatoria investigada, entre ellos vehículos, inmuebles y fondos de comercio que, según estableció el Tribunal, formaron parte del circuito económico utilizado por la organización criminal.