La Justicia de San Luis condenó a un hombre por utilizar a su hijo de seis años para ejercer violencia contra su ex pareja, en un caso que fue encuadrado como violencia vicaria, una modalidad de violencia de género en la que los hijos son utilizados como instrumento para causar daño emocional a la madre.
La sentencia fue dictada por el juez de Familia N° 2 de la Tercera Circunscripción, Carlos Orozco, quien determinó que el progenitor empleó al niño para mantener el control sobre su ex pareja y continuar ejerciendo violencia psicológica tras la separación.
Como parte de la resolución, el magistrado ordenó que el hombre realice una capacitación obligatoria en violencia de género, la cual deberá acreditar dentro de los seis meses posteriores a la notificación del fallo. Además, deberá abonar una reparación económica de $10 millones a favor de la víctima.
Para arribar a esa conclusión, el juez analizó denuncias, medidas de protección, informes interdisciplinarios y las distintas audiencias realizadas durante el proceso.
Uno de los elementos centrales fue un informe del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, que estableció un riesgo moderado de reiteración de hechos de violencia hacia la mujer y advirtió que el niño también era víctima, al verse expuesto al conflicto y ser utilizado para afectar emocionalmente a su madre.
En los fundamentos de la sentencia, Orozco recordó que tanto la mujer como el menor tienen derecho a vivir libres de violencia, en línea con lo establecido por la Convención de Belém do Pará y la Convención sobre los Derechos del Niño. El expediente se inició en diciembre de 2024 tras una denuncia por hechos de violencia física y verbal ocurridos durante la relación de pareja.
Desde entonces, el Juzgado dispuso diversas medidas de protección, entre ellas la prohibición de acercamiento y de contacto, además del cese de cualquier tipo de violencia, hostigamiento o persecución.
Posteriormente, ante nuevas presentaciones vinculadas con la situación del hijo, se ordenó la intervención de equipos interdisciplinarios para evaluar el contexto familiar y garantizar su protección integral.
Durante el proceso también se realizaron audiencias relacionadas con el régimen de comunicación entre padre e hijo, la cuota alimentaria y los tratamientos psicoterapéuticos, respetando además el derecho del niño a ser oído.
La sentencia también dispone la continuidad del seguimiento terapéutico del niño. El Juzgado recibirá informes periódicos sobre su evolución para evaluar, en el futuro, si corresponde restablecer el vínculo con su padre y bajo qué condiciones, priorizando en todo momento el interés superior del menor.
El fallo quedó firme.





