La reestructuración responde a la necesidad de contar con mayor eficiencia, trazabilidad e integridad de datos en Recursos Humanos. Para implementarla, se incorporan dos plataformas claves Tango Empleados, orientada a solicitudes, justificaciones e intercambios de comunicación, y Tango Fichadas, destinada al registro de horarios. El control de ingresos y egresos será una aplicación móvil para jueces y relojes biométricos para empleados.
La fiscalización del cumplimiento horario deja de ser exclusiva del personal administrativo y también magistrados y funcionarios Deberán fichar de forma obligatoria, personal e indelegable sus entradas y salidas a través de una app móvil. El ingreso debe registrarse dentro de los primeros 30 minutos de la jornada. En caso de detectarse una ausencia, Recursos Humanos gestionará de inmediato la designación de subrogantes para evitar la interrupción del servicio.
El STJ aclaró que la marcación digital no exime del deber presencial y efectivo de prestación de servicio.
En lo que se refiere a los empleados seguirán fichando entradas y salidas en los relojes biométricos de sus sedes de trabajo. Cualquier ausencia no informada ni justificada en la app durante la primera media hora del turno se considerará presuntamente injustificada.
Para los empleados existirá una tolerancia mensual acumulada de 60 minutos en los ingresos. Superado ese límite, cada lapso de 10 minutos adicionales computará media falta acumulable con el respectivo descuento salarial. Se permite recuperar esos minutos con tareas certificadas por un superior. Acumular 6 inasistencias injustificadas al año, o incurrir 6 veces en impuntualidades superiores a 30 minutos al mes (una vez agotada la tolerancia), será considerado falta grave y motivará la apertura de un sumario administrativo.
El acuerdo señal que el sistema generará automáticamente un parte diario cruzando registros biométricos, app y licencias solicitadas para alertar sobre irregularidades a los responsables de área.
Párrafo aparte en lo que se refiere a las licencias de salud exigencias estrictas, aviso matutino y veto a certificados familiares. El nuevo régimen impone pautas minuciosas para justificar ausencias por motivos médicos:
Aviso e inspección: El agente deberá avisar antes de las 08:30 del primer día de inasistencia a través de la aplicación y presentarse en el consultorio determinado con la documentación en un plazo máximo de 48 horas hábiles. Recursos Humanos podrá disponer controles médicos a domicilio (para lo cual se deberá detallar la ubicación exacta si no coincide con el legajo). Las prórrogas requerirán presentar nuevos certificados el día posterior al vencimiento del reposo anterior.
Cirugías estéticas y turnos programados: Las intervenciones estéticas solo otorgarán licencia cuando se certifique o audite expresamente su naturaleza reconstructiva. Asimismo, las consultas de rutina o atenciones no urgentes deberán programarse fuera del horario de trabajo (salvo derivaciones fuera de la provincia o de la circunscripción).
Incompatibilidad de profesionales: No se aceptarán certificados emitidos por médicos que sean cónyuges, convivientes o parientes directos del agente (hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad).
Retiro durante la jornada: Quien se retire por enfermedad durante el horario laboral deberá realizar la gestión de la licencia por la app. Si cumplió más del 50% de la jornada, no perderá el adicional por responsabilidad funcional.
Permisos de salida, viajes fuera de la provincia y facultades de Recursos Humanos
Los empleados y funcionarios administrativos/profesionales requerirán autorización previa de su superior mediante la app, con carácter de declaración jurada, especificando motivo y horario estimado. Adicionalmente, deberán fichar al salir y al regresar; el reloj prevalecerá sobre la estimación. De no marcar el reingreso, el sistema reportará una novedad.
Desplazamientos fuera de San Luis: Los magistrados y funcionarios deberán solicitar autorización al Presidente del STJ por la aplicación con 2 días hábiles de antelación (salvo emergencias). Esta exigencia no aplica a los ministros del STJ, al Procurador General ni al Defensor General.
Supervisión de personal mínimo: Recursos Humanos estará facultado para denegar licencias validadas por los superiores si evalúa que la coincidencia de faltas compromete la dotación indispensable para el funcionamiento de una oficina o fuero. Una vez vencidos los plazos de tramitación, el área notificará por el sistema si la inasistencia quedó formalmente justificada o si fue rechazada.
Reestructuración de las vacaciones por la reducción de la feria judicial
A partir de fines de 2026, la feria judicial se reduce a dos semanas en enero y una semana en julio, por lo que el receso ya no absorbe la totalidad de la licencia ordinaria por antigüedad.
Distribución de días de receso:
Enero: 16 días (6 meses a 5 años de antigüedad); 21 días (5 a 10 años); 31 días (10 a 25 años); 35 días (más de 25 años).
Julio: 5 días (hasta 5 años); 8 días (5 a 10 años); 12 días (más de 10 años).
Uso en días hábiles y caducidad: Los días sobrantes no utilizados durante las ferias deberán tomarse en días hábiles de corrido (si son menos de 8 días) o en bloques mínimos de 7 días (si son 8 o más). Todos los días acumulados que no se usen antes del 31 de marzo del año siguiente caducarán de forma definitiva.
Modificaciones por magistrados: Los jueces que requieran cambiar vacaciones aprobadas deberán pedirlo antes del 31 de octubre, acreditando que no reprograman audiencias o juicios y presentando la conformidad expresa del subrogante legal disponible.
Límite anual: Se mantiene el tope general de 40 días anuales para licencias combinadas, excluyendo de dicho cálculo a las vacaciones, afecciones de salud, maternidad, accidentes de trabajo, matrimonio, donación de sangre, fallecimiento y atención de familiar





