La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Federal de San Luis, que homologó un acuerdo de juicio abreviado entre la Fiscalía y las defensas de los imputados. Como resultado, Elías Luciano Muñoz y Alejandro Agustín Díaz Garro recibieron una pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para usar, portar y poseer armas
El hecho ocurrió durante una jornada de instrucción con fusiles FAL. Muñoz, quien participaba como aspirante a soldado voluntario, se retiró de la línea de tiro sin advertir que su arma aún tenía una munición en la recámara. Más tarde, mientras realizaba tareas de mantenimiento dentro de una carpa donde se encontraban otros aspirantes armados, accionó el disparador y efectuó un disparo que impactó en Bechis, quien falleció debido a las lesiones provocadas por el proyectil
La jueza consideró acreditado que Muñoz actuó con imprudencia e impericia al manipular el arma sin verificar que estuviera descargada. Además, le impuso una inhabilitación especial de cinco años para usar, portar o poseer armas de fuego.
Por su parte, Díaz Garro, quien se desempeñaba como teniente y director de tiro de la práctica, fue condenado por negligencia e incumplimiento de los reglamentos de seguridad. La magistrada entendió que existieron fallas organizativas que contribuyeron al desenlace fatal, entre ellas la falta de controles adecuados y la concentración de numerosos aspirantes armados en un mismo espacio.
La sentencia sostiene que la muerte de Bechis fue consecuencia de una cadena de negligencias y no de un hecho aislado. En ese sentido, remarca que los participantes eran jóvenes con escasa experiencia en el manejo de armamento, lo que exigía una supervisión más estricta por parte de los responsables de la actividad.
El juicio comenzará la próxima semana con integrantes del Ejército que no adhirieron al procedimiento abreviado y que seguirán sometidos al proceso penal correspondiente.





