
La resolución fue dictada el 15 de septiembre y ratificó la decisión adoptada previamente por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis.
Freixes había solicitado cumplir la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria por razones humanitarias, principalmente para asistir a su esposa, Viviana Beatriz Moreyra, quien presenta diversas afecciones de salud.
La defensa sostuvo que Moreyra requiere asistencia permanente y cuestionó que las tareas de cuidado pudieran ser trasladadas a los hijos del matrimonio. También planteó reparos respecto de que su hija, Diamela Freixes, actual intendenta de Nueva Galia, pudiera asumir esa responsabilidad debido a las obligaciones propias de su función.
El juez Gustavo Hornos, cuyo voto encabezó la mayoría, sostuvo que la prisión domiciliaria no constituye un beneficio automático y que cada solicitud debe ser analizada de acuerdo con las circunstancias particulares del caso.
En ese sentido, consideró que la defensa no logró demostrar que las condiciones planteadas justificaran modificar la decisión del Tribunal Oral Federal de San Luis.
Según la resolución, Moreyra cuenta con sus dos hijos en Nueva Galia. El fallo señala que Diamela Freixes participa principalmente en las tareas de asistencia cotidiana de su madre, como la preparación de alimentos, higiene, acompañamiento, compra de medicamentos y gestión de controles médicos. Su hijo Francis Emanuel también colaboraría de manera ocasional.
La mayoría también tuvo en cuenta que Moreyra posee cobertura médica de DOSEP, ingresos propios y una red de apoyo familiar. En consecuencia, sostuvo que no se había acreditado que Freixes fuera la única persona capaz de garantizar la asistencia que necesita su esposa.
Hornos concluyó que la resolución cuestionada se encontraba debidamente fundamentada y que no presentaba arbitrariedades que justificaran su anulación.
El juez Mariano Hernán Borinsky votó en disidencia y consideró que la situación debía ser analizada nuevamente.
En su voto, señaló que el tribunal anterior habría realizado una valoración parcial de las condiciones de salud de Moreyra. Destacó informes médicos que consignan que la mujer padece artritis reumatoidea severa, epilepsia, limitaciones funcionales y otras patologías que requieren asistencia de terceros para distintas actividades cotidianas.
También hizo referencia a un informe que estableció un grado de incapacidad igual o superior al 76% y una situación de dependencia funcional severa.
Borinsky además tuvo en cuenta las condiciones de la vivienda familiar ubicada en una zona rural de Nueva Galia, que habría sufrido un incendio. De acuerdo con lo planteado por la defensa, el inmueble no habría podido ser reparado completamente y actualmente contaría únicamente con una habitación y un baño.
Por estos motivos, el magistrado propuso hacer lugar al recurso de la defensa, anular la resolución anterior y reenviar el expediente para que se dictara un nuevo pronunciamiento.
Finalmente, los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos votaron por rechazar el recurso, mientras que Borinsky se pronunció en sentido contrario.
De esta manera, por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo del pedido de prisión domiciliaria y Sergio Freixes continuará cumpliendo la condena de seis años de prisión