
La decisión fue adoptada por unanimidad tras hacer lugar a un recurso de revisión presentado por la defensa del imputado. Durante la audiencia, la presidenta del Tribunal, Laura Molino, explicó que la medida de prisión domiciliaria había sido impuesta inicialmente para evitar posibles interferencias en la producción de pruebas que aún estaban pendientes, entre ellas un informe del Hospital Ramón Carrillo y la reconstrucción del hecho investigado.
Según señaló la magistrada, dichas diligencias ya fueron realizadas, por lo que los fines procesales que justifican la restricción de la libertad se encuentran cumplidos. En ese sentido, sostuvo que la sola condición de policía del imputado no constituye por sí misma un riesgo procesal suficiente para mantener una medida de coerción de mayor gravedad.
Sin embargo, el Tribunal consideró que persiste la necesidad de resguardar la integridad de la víctima y confirmó la prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros respecto de los lugares que frecuenta habitualmente, como su domicilio o lugar de trabajo. La medida también impide cualquier tipo de contacto, ya sea personal, telefónico, electrónico o a través de redes sociales.
Escudero está acusado de haber protagonizado un episodio de violencia institucional ocurrido el 9 de abril en la zona de la peatonal Mendoza, en el barrio 292 Viviendas de la ciudad de San Luis. De acuerdo con la investigación encabezada por la fiscal de Instrucción N.º 5, Débora Roy Gitto, el efectivo habría actuado de manera ilegítima durante un procedimiento de identificación y agredido a Brian Arévalo, quien caminaba junto a su hijo y conversaba con un amigo.
La presunta agresión habría provocado a Arévalo fracturas en el rostro y en el tabique nasal, lesiones que motivaron la imputación por lesiones graves agravadas, abuso de autoridad y apremios ilegales.
Los jueces Jorge Sabaini Zapata y Yanina Del Viso acompañaron los fundamentos expuestos por Molino y remarcaron que las medidas de coerción son revisables durante todo el proceso penal y deben mantenerse únicamente cuando resulten necesarias para garantizar el desarrollo de la investigación o la protección de las personas involucradas.
Con esta resolución, Escudero recupera la libertad ambulatoria mientras continúa la investigación judicial, aunque seguirá sujeto a estrictas restricciones de acercamiento y contacto destinadas a preservar la seguridad de la presunta víctima.