La reforma actualiza el procedimiento judicial, adecúa el sistema al expediente electrónico y establece nuevas reglas para la asignación de los juzgados que intervienen en estos procesos. POGGI PROMULGÓ UNA LEY QUE MODIFICA EL TRÁMITE DE LAS ACCIONES DE AMPARO EN SAN LUIS.
Monday, 08 Jun 2026 16:46 pm

Tribuno Puntano

El gobernador Claudio Poggi promulgó la Ley Nº IV-1193-2026, una norma que introduce modificaciones en el régimen de Acción de Amparo de San Luis con el objetivo de actualizar el procedimiento judicial y adecuarlo al sistema de expediente electrónico vigente.

La reforma modifica artículos de la Ley Nº IV-0090-2004 e incorpora cambios vinculados a la competencia judicial, los plazos procesales y el funcionamiento de una de las herramientas más utilizadas para la protección rápida de derechos.

Uno de los puntos centrales de la nueva normativa establece que las acciones de amparo deberán tramitar ante el juez de Primera Instancia correspondiente al lugar donde el acto u omisión cuestionado tenga o pueda tener efectos, según la materia involucrada. La asignación del magistrado se realizará por turno o sorteo.

De esta manera, se elimina la posibilidad de que quien promueve la acción elija el juzgado interviniente. Según se explicó oficialmente, la modificación busca fortalecer la garantía del juez natural, evitar situaciones de posible parcialidad y adaptar el procedimiento a las herramientas digitales disponibles en la actualidad.

La ley también amplía de tres a cinco días hábiles el plazo para que la parte demandada presente el informe requerido dentro del proceso de amparo. La intención es garantizar un ejercicio más adecuado del derecho de defensa sin alterar el carácter rápido y expedito que caracteriza a este tipo de acciones judiciales.

Desde el Ejecutivo señalaron que la reforma apunta a brindar mayor previsibilidad al trámite de los amparos, favorecer la especialización judicial y fortalecer las garantías procesales, en línea con los estándares actuales de administración de justicia.