
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de Villa Mercedes confirmó lo principal de una sentencia que responsabilizó a la empresa FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados por incumplimientos en un plan la compra de una camioneta. El tribunal ordenó que la compañía indemnice al consumidor afectado, en el marco de un juicio por resolución de contrato.
El caso comenzó cuando una persona se adhirió a un plan de ahorro para adquirir un vehículo. La empresa cambió el modelo originalmente previsto por otro más caro, con distintas características y esa modificación impactó directamente en el valor de las cuotas. El cambio no fue informado de manera clara ni formal, ni se le dio al cliente la posibilidad de aceptarlo o dar de baja el plan, como lo exige la normativa vigente.
Tanto la jueza Civil, Comercial y Minas N°3 que actuó en primera instancia, Cyntia Alcaraz Díaz, como la Cámara pusieron el foco en que la empresa incumplió con el deber de información que establece la Ley de Defensa del Consumidor.
Para el tribunal, no se trató de un cambio menor, sino de una modificación importante que alteró el contrato y aumentó significativamente las cuotas. Por eso, el cliente debió haber sido informado a tiempo para poder decidir. La falta de información, además, generó incertidumbre y perjudicó la relación contractual.
Con estos argumentos, la Cámara confirmó la condena y dispuso que la empresa deberá devolver el dinero que el cliente había aportado, pagar una indemnización por daño moral y abonar una multa civil como sanción, conocida como daño punitivo.
Además, se definió cómo se actualizarán los montos de la condena. Por el tiempo anterior a la primera sentencia, se sumará un interés del 8% anual. Desde entonces y hasta que se realice el pago, los valores se ajustarán por inflación, según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), para evitar que la indemnización pierda valor con el tiempo.
En su decisión, las camaristas remarcaron que las relaciones de consumo tienen una protección especial, lo que obliga a las empresas a actuar con mayor responsabilidad y transparencia. En ese sentido, dejaron en claro que las administradoras de planes de ahorro no pueden hacer cambios importantes sin informar correctamente ni sin darle al cliente una opción real de decidir. Las costas del juicio fueron impuestas a la compañía en ambas instancias.