
Cada vez son más frecuentes los casos en los que uno de los progenitores decide radicarse en el exterior y, con el paso del tiempo, deja de cumplir total o parcialmente con la cuota alimentaria.
La distancia, la falta de información y la sensación de que “ya no se puede hacer nada” suelen jugar en contra de quienes quedan a cargo del cuidado cotidiano de los hijos, en su mayoría madres.
La situación no solo implica un impacto económico, sino también emocional y organizativo: sostener la crianza en soledad, afrontar gastos crecientes y lidiar con la incertidumbre jurídica. En ese contexto, surge una duda recurrente: ¿es posible reclamar la cuota alimentaria cuando el otro progenitor vive en otro país?
La respuesta es sí. El sistema legal argentino contempla herramientas concretas para estos casos, aunque muchas personas no las conocen o creen erróneamente que implican procesos largos, costosos o que requieren viajar al exterior.
Uno de los principales mitos es justamente ese: que para iniciar un reclamo hay que trasladarse al país donde vive el deudor. Sin embargo, la normativa vigente establece lo contrario.
“El Código Civil y Comercial de la Nación prevé que, en casos internacionales, la madre o el padre puede demandar en el lugar donde el niño tiene su centro de vida. Si es en San Luis, por ejemplo, el juicio se inicia acá, sin necesidad de viajar”, explicó a El Chorrillero el abogado Emanuel Muñoz Massut (M.P. 3183).
Abogado Emanuel Muñoz Massut.
Además, existen herramientas de cooperación internacional que facilitan el proceso. Entre ellas, los convenios de Nueva York de 1956, que permite reclamar alimentos a personas que residen en otro país mediante asistencia entre Estados; y el de La Haya de 1980, el cual establece mecanismos de cooperación internacional para garantizar el cumplimiento de derechos vinculados a menores, incluyendo la localización y notificación de personas en el extranjero.
Estos acuerdos permiten no sólo ubicar al deudor, sino también notificarlo formalmente e incluso ejecutar sentencias para embargar su sueldo o bienes en el país donde reside.
Qué puede hacer un juez si no paga
Uno de los puntos centrales es el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que otorga amplias facultades a los jueces para garantizar el cumplimiento de la cuota alimentaria. En la práctica, esto se traduce en la posibilidad de aplicar distintas medidas de presión.
Entre ellas:
• Multas económicas
• Prohibición de salida del país
• Prohibición de reingreso a la Argentina
• Inscripción en el registro de deudores alimentarios
Sobre este último punto, Muñoz Massut explicó que tiene consecuencias concretas:
“Quedar en ese registro puede bloquear trámites como renovar el carnet de conducir, acceder a créditos o incluso ingresar a un estadio de fútbol. Hay fallos donde se pidió expresamente esa restricción como forma de presión”, señaló.
Otra situación habitual es cuando el progenitor envía dinero, pero en montos insuficientes porque no cubre las necesidades o quedó desactualizada. En esos casos también se puede reclamar judicialmente.
"En San Luis, estos trámites suelen ser ágiles y buscan sostener el poder adquisitivo frente a la inflación y el crecimiento de los chicos", indicó.
Embargos, responsabilidad del empleador y hasta familiares
Cuando el incumplimiento persiste, la Justicia puede avanzar con medidas más profundas.
Si el deudor tiene un empleador en Argentina, este puede ser considerado responsable solidario. Es decir, si no retiene la cuota correspondiente, se puede ordenar que la pague de su propio bolsillo.
Incluso, en casos excepcionales, la ley permite extender la responsabilidad a otros integrantes de la familia: “Se puede solicitar el embargo de bienes de abuelos o tíos, bajo el principio de solidaridad familiar, siempre que se demuestre que el padre no puede ser ubicado o no paga y que esos familiares tienen capacidad económica”, explicó el abogado.
Muchas de estas medidas pueden dictarse de manera provisoria desde el inicio del proceso.
Audiencias virtuales y procesos a distancia
La distancia tampoco es un obstáculo para avanzar judicialmente. Actualmente, las audiencias pueden realizarse de manera virtual si una de las partes se encuentra fuera del país o no puede asistir.
Esto agiliza los tiempos y evita costos innecesarios, facilitando el acceso a la Justicia.
Intereses, sanciones y la importancia de actuar
El incumplimiento de la cuota alimentaria genera intereses, que en San Luis se calculan según la tasa del Banco Nación.
Además, cualquier modificación, ya sea aumento o reducción, debe solicitarse judicialmente mediante incidentes dentro del mismo expediente.
“Si ya hay una sentencia, se pueden pedir medidas más fuertes, como impedir que el deudor vuelva a salir del país hasta que pague o garantice la deuda. Incluso hay fallos donde se le prohíbe reingresar hasta regularizar la situación”, detalló Muñoz Massut.
El abogado también remarcó la importancia de no dejar pasar el tiempo: “El derecho alimentario es un derecho humano básico. Muchas personas creen que si el otro progenitor se fue a España, Italia o Estados Unidos no se puede hacer nada, pero no es así. La ley prevé mecanismos para reclamar”.
Y concluyó: “Lo más importante es asesorarse e iniciar las acciones. Hay herramientas y funcionan”.